Insólito: la Justicia prohíbe a los medios informar sobre Jorge Lanata

0

Así lo decidió el Juzgado Civil N°8, a pedido de la denunciada esposa del periodista, Elba Marcovecchio, acusada por las hijas de Lanata de “hurtar elementos de gran valor” de la vivienda que compartían.

La Justicia porteña decidió este viernes prohibir a los medios publicar cualquier información periodística sobre la salud de Jorge Lanata, incluyendo todo lo relacionado con su vida privada y familiar o “detalles del proceso judicial en curso”.

Así lo dictaminó el Juzgado Nacional en lo Civil de Familia N°8, estableciendo que “se prohíbe la difusión de cualquier información relacionada con Jorge Ernesto Lanata, incluyendo su imagen, su vida privada, su situación familiar y detalles del proceso judicial en curso”.

La medida fue solicitada Elba Marcovecchio, actual esposa del periodista, involucrada en un escándalo que involucra denuncias de las hijas de Lanata, Bárbara y Lola, quienes la acusaron ante ese mismo Juzgado de “hurtar elementos de gran valor” de la vivienda que comparte con con el conductor y comunicador, quien se encuentra internado.

Jorge Lanata y Elba Marcovecchio.

Jorge Lanata y Elba Marcovecchio.

“Se ordena la prohibición de la difusión por cualquier medio de prensa y comunicación (televisión, gráfico, radial, medios digitales y/o publicación en páginas WEB), de toda información que involucre al Sr. Jorge Ernesto Lanata su imagen, intimidad, situación familiar e información relativa al trámite de la presente causa”, establece el oficio judicial que suma un nuevo escándalo al que ya está en curso, al coartar la libertad de prensa consagrada en la Constitución.

Caso Jorge Lanata: la respuesta de ADEPA a la censura impuesta sobre la prensa

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), en tanto, rechazó la decisión del tribunal, aduciendo que “se trata de una medida que debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa“.

“El artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica son tan claros y rotundos en esta materia que no se explica la ligereza judicial que los ha violentado“, añade la nota.

Para ADEPA, “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa”.

El juez, en tanto funcionario estatal, tiene vedado decidir qué es lo que puede ver o escuchar la ciudadanía. Los periodistas son responsables por lo que publican, pero esa responsabilidad solo se puede hacer efectiva con posterioridad a la publicación”, agregó.

Por tal motivo, el organismo sostuvo que esta decisión judicial “puede ser fácilmente utilizada para proteger a los poderosos y silenciar a las voces independientes, lo que representa un peligro para la convivencia democrática y el debate público”.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *