Fallo histórico en Neuquén: ante el incumplimiento del padre, los tíos deberán pagar la manutención de sus sobrinas
Blancaciudadnoticias 1 marzo, 2026 0
En una resolución considerada inédita en la región, la jueza Eliana Fortbetil determinó que los tíos paternos de dos menores deberán hacerse cargo del 70% de la canasta de crianza fijada por el INDEC, ante los reiterados incumplimientos del progenitor.
La medida se apoya en el principio de solidaridad familiar, contemplado en el sistema jurídico argentino para situaciones excepcionales. En este caso, el padre no posee trabajo registrado ni bienes a su nombre que permitan ejecutar una cuota alimentaria, lo que dejó a las niñas en una situación de vulnerabilidad económica.
La magistrada fue contundente en sus fundamentos al señalar que exigirle a la madre que investigue previamente la solvencia de cada integrante del grupo familiar antes de reclamar alimentos implicaría una carga procesal injusta y contraria al carácter urgente que tiene la asistencia alimentaria.
Perspectiva de género y protección de derechos
El fallo incorpora además una clara perspectiva de género, al advertir sobre el riesgo de que la totalidad de la carga económica y de cuidado recaiga exclusivamente sobre la madre, profundizando la feminización de la pobreza.
Durante el proceso, los tíos intentaron desligarse de la obligación argumentando que otros familiares contarían con mayores ingresos. Sin embargo, la Justicia priorizó el interés superior de las menores, por encima de disputas internas o comparaciones económicas dentro del núcleo ampliado.
“Los alimentos constituyen la mínima expresión de esa solidaridad”, remarcó la jueza en la sentencia, subrayando que el entramado familiar debe funcionar como red de contención cuando el obligado principal incumple.
Con esta decisión, la Justicia neuquina activa un mecanismo de protección que podría sentar precedente en futuros reclamos alimentarios, reafirmando que el derecho de niñas y niños a recibir sustento está por encima de la insolvencia o ausencia de sus responsables directos.