La respuesta de Davico a la Justicia: “Sigo siendo candidato”

Recordaron que “no es una opinión vinculante, por lo que no obliga al Tribunal Electoral de Entre Ríos, que ya habilitó a Mauricio Davico a competir en las PASO, y es quien decidirá en la materia”.
Sin embargo, por más que el dictamen del Procurador no es vinculante, a entender de los abogados que impulsaron las impugnaciones “es determinante. Este dictamen lo deja muy mal parado a Davico”, expresaron a R2820.
Por otro lado, desde el sector del intendente de Pueblo Belgrano puntualizaron que “no nos sorprende la postura del Procurador García porque la había expuesto en su dictamen anterior, en el que había incurrido en errores que ya hemos señalado en nuestro recurso de apelación”.
Por ese motivo “debemos aguardar la decisión del Tribunal Electoral de Entre Ríos con la misma convicción de siempre puesto que Mauricio Davico fue consagrado por el voto en las PASO y cumple con los requisitos legales y constitucionales para ser Intendente de la ciudad de Gualeguaychú”, finalizó el comunicado.

EL ANÁLISIS DEL FALLO
El procurador General de Justicia, Jorge Amilcar García, recomendó al Tribunal Electoral de la Provincia no autorizar la candidatura de Mauricio Davico a la intendencia de Gualeguaychú.
Esta noche se difundió el dictamen del Procurador sobre las impugnaciones a la candidatura del intendente de Pueblo General Belgrano en licencia, Mauricio Davico, como postulante a la intendencia de Gualeguaychú. La resolución es una opinión no vinculante, aunque importante, para que el Tribunal Electoral de Entre Ríos, defina si el hombre de Juntos por Entre Ríos puede o no presentarse a las elecciones del domingo 22.
En el punto 3, García adelanta que su posición es “coincidente” con la Junta Electoral Municipal que no oficializó a Davico y determinó el corrimiento de la lista desde la viceintendencia hacia abajo.
García sostiene que en las reglas constitucionales “aparece una clarísima maniobra para eludir las limitaciones republicanas a la perpetuación en el poder”.
Habla de una “aventura reelecionista” que justifica la “figura de fraude a la ley” y luego argumenta que la norma afirma que “el postulante debe vivir en el lugar que gobierna”.
A su vez, explica que el cambio de domicilio de Pueblo Belgrano a Gualeguaychú fue “una burda maniobra maliciosa que quebranta el fair play”.
Respecto de un eventual tercer mandato, el Procurador adujo que “el hecho que la re reeleción sea en otra ciudad no quita que se trataría de una reelección sucesiva, es decir, contradictorio con la exigencia constitucional”.
Advierte que de no limitar esta “burda estrategia” se abre la posibilidad de que Davico pudiera saltar de Gualeguaychú a Pueblo Belgrano cuantas veces lo deseara y lo compara con “los barones del conurbano”. Y le recomienda que “debe esperar un período” si pretende ser electo nuevamente.